Plazo para contestar un monitorio: los 20 días que no puedes ignorar

Tienes un papel del Juzgado en la mano y una pregunta en la cabeza: ¿cuánto tiempo tengo?

La respuesta es 20 días hábiles. Pero esos 20 días no funcionan como crees. No son días naturales. No empiezan a contar cuando abres el sobre. Y si te equivocas al calcularlos, puedes perder tu único derecho a defenderte.

Este artículo te explica exactamente cómo funciona el plazo, cuándo empieza, cómo calcularlo, y qué tienes que hacer antes de que se acabe.

20 días hábiles, no naturales

Lo primero y más importante: el plazo de oposición al monitorio es de 20 días hábiles. Eso significa que:

En la práctica, 20 días hábiles equivalen aproximadamente a un mes natural. Pero “aproximadamente” no vale cuando hablamos de un plazo judicial. Tienes que contar día por día.

Ejemplo práctico

Imagina que te notifican un monitorio el miércoles 5 de marzo de 2025.

Atención: si el último día del plazo cae en festivo, se prorroga al siguiente día hábil.

Cuándo empieza a contar el plazo

El plazo empieza a contar desde el día siguiente a la notificación. Pero ¿qué cuenta como notificación? Esto es clave, porque hay varias formas en que te pueden notificar un monitorio.

Notificación por correo certificado con acuse de recibo

Es la más habitual. Recibes un aviso de Correos en tu buzón. Aquí hay un punto crítico: el plazo empieza cuando firmas la recepción, no cuando te dejan el aviso.

Si te dejan un aviso y no vas a recogerlo, Correos intentará entregarlo una segunda vez. Si tampoco lo recoges, se devuelve al Juzgado y se intenta la notificación por otros medios.

Importante: no recoger el correo no te protege. Si Correos certifica que intentó entregarlo y no pudieron, el Juzgado puede darte por notificado igualmente.

Notificación personal en el Juzgado

En algunos casos, el Juzgado te cita para que te persones y recojas la notificación. Si vas y firmas, el plazo empieza al día siguiente.

Notificación por funcionario del Juzgado (auxilio judicial)

Un funcionario del Juzgado va a tu domicilio y te entrega la documentación en mano. El plazo empieza al día siguiente de la entrega.

Notificación por edictos

Si el Juzgado no consigue localizarte por ningún medio, puede publicar un edicto (un anuncio en el tablón del Juzgado y en el BOE). Esta es la peor situación, porque es posible que no te enteres hasta que ya te están embargando.

Si te han notificado por edictos y no tuviste conocimiento real, hay mecanismos para solicitar la nulidad de actuaciones, aunque son más complejos.

Cómo saber cuántos días te quedan

Sigue estos pasos:

1. Busca la fecha de notificación

En el documento que te han entregado, busca la diligencia de notificación. Es un sello o una anotación que indica la fecha en que se te notificó. Si te llegó por correo certificado, la fecha es la del acuse de recibo (cuando firmaste).

2. El día siguiente es el día 1

La fecha de notificación no se cuenta. El día 1 del plazo es el día siguiente.

3. Cuenta solo días hábiles

Tacha del calendario todos los sábados, domingos y festivos. Solo cuentan los días laborables.

Festivos a tener en cuenta:

4. El día 20 es tu último día

El día hábil número 20 es el último día para presentar la oposición en el Juzgado. Ese día, hasta las 15:00 horas normalmente (consulta el horario de tu Juzgado).

También puedes presentar vía LexNET (la plataforma electrónica judicial) hasta las 23:59 del día 20.

Qué tienes que hacer dentro del plazo

No basta con llamar al Juzgado o enviar un email diciendo que no estás de acuerdo. Lo que tienes que presentar es un escrito de oposición formal, y este escrito tiene que ir firmado por un abogado. Es un requisito legal obligatorio.

El escrito de oposición debe contener:

Si no sabes por dónde empezar, nuestro artículo Me ha llegado un monitorio: qué es y qué hago te da una visión general de tus opciones.

¿Qué pasa si presento la oposición fuera de plazo?

El Juzgado la rechazará. Así de simple. Si presentas la oposición el día 21, se considera extemporánea (fuera de plazo) y no se admite.

En ese caso, el Juzgado procederá a dictar el auto de despacho de ejecución, como si no hubieras contestado. Y empiezan los embargos.

Si quieres saber exactamente qué pasa cuando no contestas a tiempo, lee Qué pasa si no contesto un monitorio.

Errores frecuentes con el plazo

”Pensé que eran días naturales”

Es el error más común. 20 días naturales son menos de tres semanas. 20 días hábiles son casi un mes. Si cuentas días naturales, puedes llegar a pensar que te queda menos tiempo del real y precipitarte, o - más peligrosamente - contar de más y pasarte.

”No sabía que agosto era inhábil”

Si te notifican en julio, el plazo se para durante todo agosto y se reanuda en septiembre. Pero si te notifican el 2 de septiembre, agosto ya no importa. Este detalle es importante y genera mucha confusión.

”Firmé el acuse de recibo pero no abrí el sobre hasta una semana después”

El plazo empieza cuando firmas, no cuando lees. Si firmaste el día 10 pero no abriste el sobre hasta el 17, llevas 5 días hábiles gastados (asumiendo que no haya festivos).

”Me notificaron en una dirección donde ya no vivo”

Esto es más complejo. Si el Juzgado envió la notificación a tu domicilio oficial y alguien la recogió (un familiar, un vecino), puede darse por válida. Si nadie la recogió y tu domicilio en el padrón es otro, puedes impugnar la notificación, pero necesitas asistencia legal para ello.

Tu plan de acción hoy

  1. Busca la fecha de notificación en el documento. Si no la encuentras, busca la fecha del acuse de recibo de Correos.
  2. Cuenta los días hábiles desde el día siguiente a esa fecha.
  3. Si te quedan más de 5 días hábiles: tienes tiempo, pero no lo desperdicies. Contacta con un abogado especializado hoy.
  4. Si te quedan menos de 5 días hábiles: esto es urgente. Necesitas un abogado que pueda preparar y presentar la oposición en pocos días. Es posible, pero cada hora cuenta.
  5. Si crees que ya se ha pasado el plazo: contáctanos igualmente. Verificaremos las fechas (a veces hay errores en la notificación que invalidan el plazo) y, si realmente ha pasado, te explicamos las opciones que quedan.

¿Has recibido un monitorio?

Oposición desde 275 € IVA incluido. Abogado y procurador incluidos. Cuéntanos tu caso.

Consulta gratuita