Me ha llegado un monitorio: qué es y qué hago
Si estás leyendo esto, probablemente acabas de recibir un documento del Juzgado que no esperabas. Puede que te lo haya traído el cartero, que te hayan dejado un aviso de Correos, o que te hayan llamado para que pases a recogerlo. Sea como sea, estás preocupado. Y es normal.
Respira. Vamos a explicarte qué es un monitorio, por qué te ha llegado, y qué opciones tienes. Tienes 20 días hábiles para actuar. Eso significa que hay tiempo, pero no hay tiempo que perder.
Qué es un procedimiento monitorio
Un procedimiento monitorio es un mecanismo legal que permite a un acreedor (la persona o empresa que dice que le debes dinero) reclamar una deuda de forma rápida a través del Juzgado.
Dicho de forma sencilla: alguien ha ido a un Juzgado y ha dicho “esta persona me debe X euros”. El Juzgado no ha comprobado si eso es verdad. Simplemente te avisa para que tú respondas.
Importante: que te haya llegado un monitorio no significa que debas ese dinero. Significa que alguien lo ha reclamado. Son cosas muy distintas.
Por qué te ha llegado un monitorio
Las razones más habituales son:
- Deudas con entidades financieras: préstamos personales, tarjetas de crédito, líneas de crédito. Muchas veces la deuda original se ha vendido a un fondo de inversión (lo que se llama una “cesión de crédito”), y es ese fondo el que reclama.
- Deudas con empresas de telecomunicaciones: facturas impagadas de telefonía, internet, televisión.
- Deudas con compañías de suministros: luz, gas, agua.
- Deudas entre particulares: préstamos entre personas, alquileres impagados.
- Deudas con administraciones o comunidades de propietarios.
En muchos casos, la deuda que te reclaman tiene años de antigüedad. A veces ni la recuerdas. Otras veces la cifra no cuadra con lo que tú crees que debías. Todo eso se puede discutir legalmente.
Qué pasa si no haces nada
Esto es lo más importante que tienes que saber: si no contestas al monitorio en 20 días hábiles, el Juzgado entenderá que estás de acuerdo con la deuda. Automáticamente.
A partir de ahí se abre un procedimiento de ejecución. Eso significa embargos: de tu cuenta bancaria, de tu nómina, de tus bienes. Sin juicio previo, sin que nadie haya comprobado si la deuda es correcta.
Si quieres entender en detalle qué ocurre si no contestas, lee nuestro artículo Qué pasa si no contesto un monitorio.
Tus tres opciones
Cuando recibes un monitorio, tienes exactamente tres caminos:
1. Pagar la deuda
Si reconoces que debes ese dinero y la cantidad es correcta, puedes pagarla. El procedimiento termina y no pasa nada más.
2. No hacer nada (ignorarlo)
Es la peor opción. Como acabamos de explicar, el Juzgado dará la deuda por buena y pasará directamente a la ejecución. Nunca ignores un monitorio.
3. Oponerte al monitorio
Presentar un escrito de oposición ante el Juzgado, dentro del plazo de 20 días hábiles. Para esto necesitas un abogado (es obligatorio que el escrito lleve firma de letrado).
Al oponerte, el procedimiento monitorio se transforma en un juicio verbal (si la cantidad reclamada es inferior a 6.000 euros) o en un juicio ordinario (si es superior). En ese juicio, es la parte contraria quien tiene que demostrar que le debes el dinero, no tú quien tiene que demostrar que no lo debes.
Cuándo tiene sentido oponerse
La respuesta corta: en la mayoría de los casos. Estos son los motivos de oposición más frecuentes y efectivos:
Prescripción de la deuda
Las deudas tienen un plazo de vida legal. Si la deuda tiene más de 5 años (o 3 años en ciertos casos, como telecomunicaciones), puede estar prescrita. Eso significa que, aunque existiera, ya no se puede reclamar judicialmente.
Cláusulas abusivas
Si la deuda proviene de un préstamo o tarjeta de crédito, es muy probable que el contrato contenga cláusulas abusivas: intereses excesivos, comisiones ilegales, cláusulas de vencimiento anticipado nulas. Los tribunales anulan estas cláusulas cada día.
Cantidad incorrecta
Muchas veces la cifra que reclaman no cuadra. Se incluyen intereses de demora abusivos, gastos de gestión no pactados, o directamente errores de cálculo. Tienes derecho a que se recalcule la deuda correctamente.
Falta de legitimación
Si la deuda se ha vendido (cedido) a otra empresa, esa empresa tiene que demostrar que la compró legalmente. Muchas veces no pueden. Si no pueden, no tienen derecho a reclamarte.
Falta de documentación
El acreedor tiene que aportar el contrato original, los extractos de movimientos, la liquidación de la deuda. Si no lo hace, la reclamación no se sostiene.
Muchos monitorios son defensibles
Esto no es un consuelo vacío. Es un dato real. En nuestra experiencia como despacho especializado en la defensa frente a reclamaciones de entidades financieras y fondos de inversión, una proporción significativa de los monitorios que recibimos son defensibles.
Las razones son variadas: deudas prescritas, cantidades infladas con intereses abusivos, cesiones de crédito mal documentadas, contratos con cláusulas nulas. Que te reclamen no significa que tengan razón.
Qué debes hacer ahora mismo
- No entres en pánico. Tienes 20 días hábiles. Hoy es el día para empezar a actuar, no para desesperarte.
- Guarda el documento. Haz una foto o escanea todo lo que te han entregado del Juzgado. Necesitarás el número de procedimiento y el Juzgado que lo tramita.
- Consulta con un abogado especializado. No con cualquier abogado: con uno que conozca este tipo de procedimientos y sepa dónde están los puntos débiles de la reclamación.
- Cuenta los días. Tienes 20 días hábiles desde que te notificaron. Lee nuestro artículo sobre el plazo para contestar un monitorio para saber exactamente cuánto tiempo te queda.
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